Por medio del documento se actualiza la tabla de clasificación de actividades económicas para el Sistema General de Riesgos Laborales, mediante el Decreto 768 del 16 de mayo de 2022.
La nueva norma explica que cuando una actividad económica no se encuentre en la tabla, la empresa y la administradora de riesgos laborales (ARL) realizarán la clasificación de acuerdo con la actividad más afín, por tanto deberán tener en cuenta el peligro y riesgo laboral, las materias primas, los materiales o insumos que se utilicen, los medios de producción, procesos, almacenamiento y transporte.
Las ARL tendrán un plazo de 60 días calendario para capacitar y asesorar a sus afiliados sobre esta modificación y deberán entregar a los ministerios de Salud y del Trabajo un documento con el plan de acción y el cronograma de capacitaciones.
Los aportantes tendrán un plazo de seis (6) meses para adoptar el cambio, este será el tiempo que el Ministerio de Salud y Protección Social se tomará para modificar la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes – PILA.
Conozca la tabla de clasificación y las especificaciones en el documento adjunto a esta noticia.